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Incrementado el salario mínimo a partir del 1° de Mayo de 2005 a Bs. 405.000,00 28-04-2005
Incrementado el salario mínimo a partir del 1° de Mayo de 2005 a Bs. 405.000,00

En Gaceta Oficial N° 38.174 del 27/04/05 fue publicado el Decreto Presidencial N° 3.628 de esa misma fecha, mediante el cual el Ejecutivo Nacional, en Consejo de Ministros, resolvió el incremento del salario mínimo obligatorio para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, incremento que entrará en vigencia a partir del 1° de Mayo de 2005.



El pago de un salario inferior a los estipulados como mínimos por el Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Trabajo, es decir, con multa no menor del equivalente a un cuarto (1/4) de un salario mínimo ni mayor del equivalente a uno y medio (1 1/2) salarios mínimos.



Se mantendrán inalterables las condiciones de trabajo no modificadas por el Decreto, salvo las que se adopten o acuerden en beneficio del trabajador.




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